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La Manifestación de Impacto Ambiental permite a la Secretaría de Desarrollo Sustentable evaluar el impacto ambiental significativo y potencial que generaría una obra o actividad que pueda causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones señalados en las disposiciones legales ambientales aplicables, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo.
Es un estudio técnico mediante el cual se pretende identificar, predecir, interpretar, valorar prevenir y comunicar los efectos de una obra, actividad o proyecto sobre el medio ambiente.
¿Quién puede realizar una MIA?
• Representante legal
• Interesado
¿Cómo ingresar una MIA?
Mediante nuestro plataforma gubernamental Empresario Digital
¿Cuál es la vigencia de una MIA?
Tiene una duración de 2 a 3 años.
¿Cuánto cuesta?
El costo de una MIA es de $7,435.00
¿Cuál es el plazo de respuesta?
El plazo máximo para la resolución del trámite para la Manifestación de Impacto Ambiental es de 60 días hábiles según el Reglamento de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Sinaloa en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental. Una vez que se han concluido los tiempos de evaluación, la Secretaría de Desarrollo Sustentable podrá emitir una: Solicitud de Información Complementaria al estudio cuando así se requiera, Autorización en Materia de Impacto Ambiental de acuerdo a los términos y condiciones señalados en su estudio, Autorización Condicionada en Materia de Impacto Ambiental, Negación de la Autorización.
l. Obra pública estatal y/o privada que se realice por administración directa o por contrato, de forma enunciativa y no limitativa, las siguientes:
II. Las actividades de la industria de autopartes, alimenticia y de bebidas, textil, electrónica, mueblera, metal-mecánica, cerámica y artesanal, curtiduría, fundición, hospitalaria, ladrilleras, del vidrio, vitivinícola, zapatera y porcícola cuando no estén integradas al proceso de producción de la materia prima;
III. Las de exploración, explotación y beneficio de yacimientos pétreos, minerales y sustancias que constituyan depósitos de naturaleza cuyo control no sean reservadas a la Federación, se destinen a la fabricación de materiales para la construcción u ornamento;
IV. Construcción y operación de instalaciones para el manejo integral de residuos de manejo especial y/o residuos sólidos urbanos;
V. Parques o fraccionamientos industriales en los que se prevea la realización de actividades riesgosas en los términos de la Ley;
VI. Obras o actividades en áreas naturales protegidas de competencia estatal, incluidas las obras de infraestructura y de prestación de servicios, las cuales estarán sujetas a las disposiciones contenidas en el programa de manejo respectivo;
VII. Desarrollos turísticos y deportivos que comprendan:
VIII. Obras hidráulicas, en los siguientes casos:
IX. Construcción de infraestructura vial:
X. La instalación de hilos, cables o fibra óptica para la transmisión de señales electrónicas sobre la franja que corresponde al derecho de vía, siempre y cuando se aproveche la infraestructura existente; y
XI. Los planes de desarrollo urbano que contemplen la creación de nuevos centros de población;
XII. Cuando la obra o actividad que se pretenda realizar, pueda afectar el equilibrio ecológico de dos o más municipios de la Entidad; y
XIII. Todas aquéllas que por razón de su magnitud generen impactos significativos, residuales, sinérgicos o acumulativos al ambiente y que no estén expresamente reservadas a la Federación.
El promovente que desee realizar una MIA deberá contar con los siguientes documentos:
• Firma Electrónica (FIEL)
• Persona física: identificación oficial.
• Persona moral: acta constitutiva de la empresa.
• Documentación que acredite al representante legal de la empresa.
• Identificación oficial del representante legal de la empresa.
• RFC del promovente.
• Documento que acredite la legal posesión del terreno.
• Constancia de zonificación, emitida por el H. Ayuntamiento que corresponda.
• Plano de conjunto y/o Arquitectónico.
• Plano que contenga el cuadro de construcción, con coordenadas UTM.
• Evidencia fotográfica del predio donde se realizará el proyecto.
• El respectivo convenio por la ocupación de zonas de servidumbre en áreas de dominio de la Comisión Nacional del Agua y, de igual forma, convenio celebrado con los propietarios de terrenos de propiedad privada integrando al mismo certificados parcelarios, identificación oficial, y la certificación por las autoridades ejidales. (opcional si es aplicable al proyecto.
• La empresa promovente deberá presentar memoria y/o documentación técnica con la descripción y características de la obra a realizar, con la finalidad que de soporte a lo manifestado en la MIA-G.
l. Los datos generales de las obras o actividades proyectadas;
II. El nombre o razón social, nacionalidad, domicilio para oír y recibir notificaciones y representante legal, en su caso, del promovente de la obra o actividad objeto de la manifestación de impacto ambiental;
III. En su caso, el nombre, domicilio y documento que acredite los conocimientos técnicos del prestador de servicios ambientales que elaboró la manifestación de impacto ambiental;
IV. La descripción de la obra o actividad proyectada, incluyendo como mínimo:
V. La descripción de las alternativas que hayan sido estudiadas para la realización de las obras o actividades, con sus respectivos impactos sobre el ambiente, así como las razones que motivaron la decisión para optar por una de ellas;
VI. Los aspectos generales del medio natural y socioeconómico del área donde pretenda desarrollarse la obra o actividad y, en su caso, problemáticas ambientales y socioeconómicas identificadas en su área de influencia;
VII. La vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental y, en su caso, con la regulación sobre uso del suelo;
VIII. La identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales acumulativos, sinérgicos y residuales que ocasionarían la ejecución de la obra o actividad, en sus distintas etapas;
IX. Las medidas preventivas, de mitigación o, en su caso, de compensación de los impactos ambientales identificados en cada una de las etapas; y
X. Las técnicas y metodologías que sustentan los resultados de la manifestación de impacto ambiental. Asimismo, deberá anexarse a la manifestación de impacto ambiental, en su caso, una copia simple de la constancia de uso de suelo vigente, así como la constancia de zonificación, expedidas por el Ayuntamiento que corresponda, conforme a la normatividad aplicable.
Nota: La documentación técnica podrá variar según las características y condiciones del sitio, en algunos casos se tendrán que cumplir con la legislación aplicable en la materia ambiental (agua, suelo, aire, entre otros) y de ser necesaria la presentación de información adicional para evaluar los efectos al ambiente; esta podrá solicitarse al promovente, en los términos establecidos en la Ley.
Servidores Públicos de Contacto
Biol. Julio César Rosales Arballo, Jefe de Departamento de Impacto, Riesgo y Auditoria Ambiental.
Lic. Jorge García Bueno, Director de Normatividad Ambiental.
Domicilio Subsecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Palacio de Gobierno: Ave. Insurgentes s/n 2do piso, Centro Sinaloa. Culiacán, Sinaloa. C.P. 80129
Teléfono (667) 758-7000 Ext. 2250 y 2247
Horarios De lunes a viernes de 08:00 a 14:00 hrs.
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